Unidad III

ESTADO DEMOCRÁTICO Y SOCIAL, DE DERECHO Y DE JUSTICIA
 Estado
Su origen deriva del latín status, que significa "condición", "poder" u "oficio", se refiere a la autoridad del gobernante, es  la organización política de una Nación.
 En el Estado, el Gobierno lo conforman el conjunto de autoridades que tienen funciones directas, representativas,  encaminadas especialmente a la creación de aquellas condiciones dentro de las cuales pueden desenvolverse los habitantes y obtener la máxima satisfacción en sus aspiraciones. ,
 El Estado es el instrumento de transformación social por excelencia y sus acciones deben proyectarse en lo posible a alcanzar el bien común, debido a que si no lo hace, lo conduciría a la injusticia, a la inconstitucionalidad.
 Estado Democrático
 El Estado Democrático está definido como “el gobierno de las mayorías, el gobierno del pueblo y para el pueblo”. Este sistema permite la participación del pueblo en la esfera de gobierno, generalmente por medio del sufragio y del control sobre la toma de decisiones de sus representantes.    Se fundamenta  por toda la organización política de la nación en unión o conjunto  se muestra como recurso indispensable para el constitucionalismo a la representación del pueblo por dirigentes políticos, mejor conocido como democracia indirecta o representativa y por elementos de organización popular mejor conocidos como democracia directa o participativa
Estado Democrático  en Venezuela, constituye una especie de bases sobre las que se edifica el País, es el resultado de la libre elección popular.
En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año 1999,
 Artículo 2, consagra que:
 "Venezuela se constituye en un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político".
 Esta enunciación compromete a todos los ciudadanos desde los diferentes ámbitos de acción que conviven en el país.
 En Venezuela es considerada como Estado Democrático y Social compromete su existencia se le asigna a los derechos humanos como derechos primordial caracterizados por la universalidad de sus titulares.
Su propósito está en crear, conservar y comprometerse a materializar esos derechos para satisfacer las demandas y necesidades de sus habitantes y lograr el tan anhelado bienestar general.
Estado de Derecho
El Estado de derecho está establecido por dos elementos el Estado (organización política) y el derecho (como conjunto de las normas que rigen el funcionamiento de una sociedad).  El poder del Estado se encuentra limitado por el derecho.
 Se hace referencia a la necesaria correspondencia que debe existir entre las normas que rigen en un estado social de derecho y su correcta aplicación por parte de los órganos del Estado.
El Estado de derecho,  surge del pueblo, quien elige a sus representantes para el gobierno. Con la transformación del Estado de derecho, aparece el Poder Públicos se distribuye en el Poder  Municipal ,el Poder Estadal y el Poder Nacional cada una de las ramas  tiene sus funciones propias  que garantizan los derechos humanos de este modo, los tribunales se vuelven autónomos respecto al soberano y aparece el parlamento para contrarrestar el poder del gobernante.
Es importante que  los ciudadanos conozcan  sus  deberes y derechos, el origen de la legalidad, las causas que pueden llevar a su debida detención legal y castigo penal.  protege los derechos individuales de cada ciudadano ya que establece límites al poder disciplinario del estado, evitando que quienes tengan el poder de administrar justicia, inventen penas y sancionen al ciudadano por algo que no ha sido establecido con anterioridad en la Constitución o Ley Jurídica. En pocas palabras son normas que brindan seguridad y protección a los derechos ciudadanos de los destinatarios del ordenamiento jurídico.
Estado Democrático.

Estado Social
Establecer precepto institucional encargado de regular los comportamientos humanos en sociedad. Es un conjunto de normativas que permiten resolver los conflictos sociales. Cuya preferencia sean de ayudar la justicia social. Proviene del valor elemental de la igualdad y no discriminación.
 Derecho social nace en el derecho público a partir de los cambios en las formas de vida. Su objetivo es ordenar y corregir las desigualdades que existen entre las clases sociales, con la intención de proteger a las personas ante las distintas cuestiones que surgen en el día a día. y de la declaración del principio de la justicia social como base del sistema económico.
Es importante exigir esos derechos que todos tenemos que sea respetados que estas acciones existe, implantados en la Constitución se cumplan, derecho a la vida, la integridad personal, la libertad, seguridad personal, la educación y la salud gratuita, sistemática y de libre opción, derecho a la propiedad, la resistencia a la opresión, la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, para que podamos gozar de los espacios públicos y el medio ambiente y así se lo exijamos a nuestros gobernantes.
Estado Social.

Estado de Justicia
El Estado de Justicia se caracteriza por leyes justas, necesarias, bien escritas, justamente aplicadas, eficaces, con sanciones aportadas al hecho ilegal representado y que sean cumplidas por la sociedad en su conjunto. Eso quiere decir, que no sean extremadamente rigurosas ni débiles, innecesarias, confusas, simbólicas o de imposible cumplimiento. En el Estado de Justicia prohibida la justicia por mano propia o venganza
Estado de Justicia.

Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia
La necesidad de adaptar las leyes de manera que los estados probaran mejores condiciones de vida  a sus ciudadanos y una aplicación legal más justa llevaron a la creación del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia.
El beneficio social y la realización de justicia aparecen como funciones prioritarias del estado, manteniendo el principio de legalidad establecido en el estado de   derecho.
El estado social de derecho y de justicia apremia la armonía entre las clases, impidiendo que la clase dominante abuse o oprima a otra clase de grupos sociales, que  entorpecer  el desarrollo , sometiéndolas a la pobreza, ignorancia, explotados y sin posibilidad de avance.
El fortalecimiento del Estado Social de Derecho y de Justicia es fundamental para la inserción de los países a la comunidad de naciones del mundo, como para lograr la paz, proteger a la población, reforzar la legitimidad de los estados, alcanzar un desarrollo humano sostenible y asegurar la eficacia de las políticas públicas y desarrollo del pensamiento en pro a los derechos humanos. En la actualidad, programas alternativos mejor conocidos como Misiones, son un intento de solventar de forma masiva el problema de muchos excluidos y que ahora son incorporados.

La primacía de la constitución del artículo 7, que establece: “La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución”.
 Estado de Derecho y de Justicia consiste en que el gobierno se ejerce a través de normas jurídicas, por lo que la ley regula toda la actividad Estatal y en particular la de la administración pública.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Visión Histórica Constitucional  de Venezuela
La historia constitucional venezolana, data de 21 de diciembre de 1811. Cuando llego a Venezuela la hora de la emancipación, hubo que redactar  una constitución, los constituyente venezolanos  tuvieron dos modelos para usar referencia de los norteamericanos y la de la revolución francesa así nació la constitución de 1811, la primera en América Latina esta como la que vinieron después, recoge una serie de pensamientos elevados sobre la libertad, gobierno representativo, las garantías contra los abusos posibles del poder en contra  del pueblo y la soberanía del ciudadano ,etc. El sufragio no era universal sino restringido a lo que tenían alguna propiedad o título profesional
 Se constata un total de 25 textos constitucionales (1811, 1819, 1821, 1830, 1857, 1858, 1864, 1874, 1881, 1891, 1893, 1901, 1904, 1909, 1914, 1922, 1925, 1928, 1929, 1931, 1936, 1945, 1947, 1953, 1961 y 1999). Ciertamente un buen número de tales textos no constituyen otra cosa que una mera cobertura jurídica con apariencia de constitución para justificar el poder de caudillos o dictadores militares; de otra parte, también hay que advertir, para matizar esta afirmación inicial , que en la tradición constitucional venezolana no ha existido hasta épocas recientes el mecanismo de la reforma parcial, por lo que con frecuencia se reviste como nueva constitución lo que materialmente no ha sido más que una puntual modificación de algunos preceptos constitucionales. No obstante, todo ello no es impedimento  para que la mera enumeración de los textos formalmente constitucionales revele una ajetreada historia política y una escasa consolidación de las ideas constitucionales.
La Constitución de 23 de enero de 1961, que fuera elaborada con el acuerdo y respaldo de los tres principales partidos (Acción Democrática, COPEI y Unión Republicana Democrática) que apoyaron a la Junta de Gobierno implantada tras el levantamiento cívico-militar que tuvo lugar el 23 de enero de 1958 contra el gobierno del general Marcos Pérez Jiménez, y logró dotar al país de un régimen basado en los principios de la democracia constitucional, liberal y representativa. Durante casi 40 años Venezuela pareció así tener una estabilidad constitucional, período en el que la vida política anduvo con arreglo a los cauces marcados por un texto que fue reformado en dos ocasiones (11 de mayo de 1973 y 16 de marzo de 1983) con arreglo a los procedimientos por él establecidos.
En cuanto a espíritu de acuerdo y respeto de las formas constitucionales del movimiento político que alumbró la nueva Constitución bolivariana aprobada 15 de diciembre de 1999, hoy vigente, ha venido a suceder a aquella otra de 23 de enero de 1961,bajo los probabilidades del comandante Hugo Chávez (responsable de   intento fallido de golpe de Estado en 1992), que accedió a la Presidencia de la República tras las elecciones presidenciales celebradas el 6 de diciembre de 1998 con un amplio respaldo popular (56%) y después de haber triunfado igualmente en las elecciones legislativas y regionales celebradas poco antes (noviembre de 1998). De una parte porque el proceso de elaboración de la nueva Constitución, aunque formalmente dirigido por un grupo político integrado por una pluralidad de partidos, el Polo Patriótico, en realidad es un movimiento populista liderado por el comandante Chávez. De otro lado porque el proceso constituyente, desde sus mismos inicios se autoproclamó dotado de un carácter originario y en ruptura con el orden constitucional precedente; de ello da buena prueba tanto la expresión con la que el comandante Chávez aludía a la Constitución de 1961 (la moribunda), como el calificativo popular con el que se conoció a la Asamblea Constituyente (la soberanísima).
La transformación que ha experimentado la constitución en su tortuoso camino desde 1811 es consecuencia de las muchas sacudidas y cambios violentos de rumbo que ha experimentado la sociedad venezolana a lo largo de su accidentada historia. A estos se deben las numerosas reformas constitucionales, más que a la veleidad de los legisladores.
El 30 de diciembre de 1999, se publicó finalmente la denominada Constitución Bolivariana de la República de Venezuela. Todavía quedaba sin embargo un pequeño episodio que es preciso reseñar. Culminado el proceso y concluida la labor de la Asamblea Constituyente, la Gaceta Oficial nº 5453 de 24 de marzo de 2000 procedió a una nueva publicación del texto que consistía en determinados correcciones gramaticales, de sintaxis y de estilo, pero que, sorprendentemente, recogía una Exposición de Motivos que no llegó a ser en ningún momento debatida en el Pleno de la Asamblea Constituyente. No obstante éste último es el que se viene habitualmente considerando como texto oficial, aunque solo fuera porque lleva la firma del Presidente de la Asamblea, siendo este el texto que se reproduce a continuación.
Texto de la Constitución de 1999
Título I. Principios fundamentales
Título II. Del espacio geográfico y la división política
Título III. De los derechos humanos y garantías, y de los deberes
Título IV. Del poder público
Título V. De la organización del poder público nacional
Título VI. Del sistema socio económico
Título VII. De la seguridad de la Nación
Título VIII. De la protección de esta Constitución
Título IX. De la reforma constitucional.
La Constitución Venezolana establece la primacía de un estado social de derecho y de justicia y son los venezolanos en el ejercicio de la soberanía, quienes deben aunar esfuerzos por lograr que domine en la realidad venezolana el imperio de la ley, que la voluntad del colectivo sea respetada, ya que solamente de esta forma se podrán fortalecer nuevamente las instituciones del Estado y por lo tanto se logrará que exista la necesaria correlación que debe darse entre la ley y la realidad.



                                                                     Democracia.                                                                      
Democracia formal
Es el  sistema político donde las normas constitucionales han previsto una dispersión de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, reservando a la soberanía popular la elección del primero mediante sufragio libre, igual, universal, directo y secreto.
La Democracia Profunda
 Será aquella que no solo haga y mantenga los ciudadanos y ciudadanas libres, si no (y también), iguales. Es más,  creo que únicamente en la profundidad de la democracia se pueden hallar fórmulas de equidad razonables,  de  igualdad, eso sí, ni uniforme ni forzada.
La democracia, como una propiedad (característica) de los sistemas sociales, avanzados puede concebirse en tres dimensiones:
La social, entendida como la calidad de vida material.
La formal, entendida como la existencia de determinadas reglas generales de poderes, derechos y obligaciones de las diversas instituciones y entidades que componen el sistema social.
La participativa, entendida como la decisión real de los asuntos públicos trascendentales por parte de las mayorías de la sociedad, con la debida protección de las minorías. En el lenguaje de las ciencias naturales podríamos entender a las tres dimensiones como magnitudes que caracterizan a la propiedad "democracia"
Democracia Participativa
Democracia Participativa o Semidirecta es una expresión amplia, que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas que les otorga tradicionalmente la democracia representativa. La democracia, es un conjunto de reglas procesales para la toma de decisiones colectivas, en el que está prevista y propiciada la más amplia participación posible de los interesados.
Consiste en que tal sistema ofrece al ciudadano una capacidad de participar en decisiones orientadas a desarrollar una economía socialmente justa y humanista. Esto promueve un ambiente de cooperación porque se aprecian directamente las consecuencias de tales decisiones para todos y cada uno de los miembros de la sociedad.
La democracia participativa hace énfasis muy especial en dar voz a los individuos y a las comunidades, cuyas opiniones, anhelos y aspiraciones rara vez hallan eco o atención en los mecanismos tradicionales de la democracia representativa.
Este es un proceso de transformación que ya está en marcha en muchas sociedades democráticas- que debe apuntar a promover mecanismos prácticos de participación, medios transparentes de información e investigación, adiestramiento desde la escuela en las técnicas de participación y un programa político estable que defina claramente sus metas destinadas a generar una energía social de participación en las comunidades orientada a la vida y decisiones del barrio, del municipio, de la provincia y de la nación, con el consecuente resultado de concertación, tolerancia y colaboración que necesariamente desemboque en una evidente mejora de la calidad de vida.
Que es  parte activa para que esta se lleve a cabo, porque sabemos que es uno de los elementos insustituibles para ser un país libre.
La libertad completa de un país se compone en realidad de tres tipos de libertades: las civiles, que se refieren al imperio de la ley, la libertad de tránsito, libertad de expresión, libertad de prensa, etcétera. Las económicas, referidas a un sistema bancario autónomo, un mercado regido por las leyes de la oferta y la demanda, libertad para enajenar y poseer bienes, etc. Y finalmente las políticas, referidas a elecciones limpias, sufragio universal, respeto al voto, división de poderes, autoridades electorales independientes, etc.
Venezuela inició en 1999 el tránsito de una democracia representativa a una democracia participativa y protagónica. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, elaborada por la Asamblea Nacional Constituyente, y aprobada por referendo popular ese diciembre de aquel año, fue el instrumento que en manos de los nuevos actores en el poder sirvió de guía de esta importante transformación de nuestro régimen político, orientando los cambios necesarios en la estructura del Estado y en las relaciones entre Estado y sociedad. La propuesta participativa plasmada en la nueva Constitución, lejos de ser improvisada, fue el fruto de un relativamente largo proceso social que incluyó luchas y debates entre disímiles actores sociopolíticos, en diferentes espacios de la sociedad y de sus instituciones. En ese proceso residía su fuerza y legitimidad.
Es un  modelo político que proporciona a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas. Se manifiesta usualmente por medio de referendos por los que los representantes consultan a la ciudadanía o por medio de iniciativas de consulta que los ciudadanos presentan a los representantes.
La democracia participativa y estas otras formas no deben considerarse como excluyentes entre sí. Más bien, cada una de ellas apunta en una determinada dirección sobre cómo hacer avanzar la democracia representativa tradicional hacia sistemas con mayor grado de participación. En la práctica, un sistema concreto de democracia participativa puede basarse en ideas y métodos provenientes de distintas variantes.
Democracia Participativa.

Derecho a la Información
Toda persona tiene derecho a articular libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de manifestación, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura.
 Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.
Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades (Artículo 57 de la CRBV).
La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral (Artículo 58 de la CRBV).
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, refiere en artículos distintos y trata como derechos diferentes, los temas de la libertad de expresión y la información. El derecho a la libertad de expresión (artículo 57) norma la facultad de quien emite opiniones e informaciones, otorgándole el derecho a expresarse libremente por cualquier medio sin censura; mientras que el derecho a la información (artículo 58), se establece desde la perspectiva de quien recibe la información, la cual señala debe ser oportuna, veraz, imparcial y sin censura. Adicionalmente, el artículo 58 consagra el derecho a réplica.
El tema de la libertad de expresión y del derecho a la información ha sido de amplia discusión desde antes de la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. El debate sobre su vigencia y los mecanismos para su efectiva satisfacción, se ha convertido en un reto para el Poder Público nacional y la sociedad civil. Esta discusión ha trascendido a instancias internacionales tales como: Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Organización de Estados Americanos.
Todas las personas tienen derecho a la información.

La Comunicación y  la Equidad
En el Real Diccionario de la Lengua Española, la equidad es contemplada como la "bondadosa templanza habitual; propensión a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley"; a su vez se define como "justicia natural por oposición a la letra de la ley positiva". Por lo tanto dentro de la definición de éste principio encontramos referencias a lo justo, a la justicia.
La Comunicación Equitativa. 

La equidad viene a constituir un componente del desarrollo humano, la igualdad en los bienes o servicios necesarios permitirá gozar de una adecuada calidad de vida. A este se le añade indudablemente una visión integral de reconocer la condición de persona de cada ser humano y de su dignidad, la cual se expresa principalmente en el conjunto de los derechos humanos. Siendo estos derechos aquellos que deben manejarse como libertades reales, tangibles y accesibles para todos.
                                                                     El Neoliberalismo

 El Neoliberalismo como ideología.
El modo más sutil que puede arbitrar una ideología para imponerse y perdurar es proclamar la muerte de las ideologías y mostrarse bajo otro semblante. Por ejemplo, la ciencia es lo que sucedió por casi un siglo con el positivismo. La ciencia positiva hace las veces de la política, la filosofía y la tecnología, siempre como evidencia apodíctica y sagrada.
Eso pasa hoy con el neoliberalismo. Es un modo de practicar la economía política que está alcanzando vigencia planetaria. Pero el que esta práctica haya logrado imponerse no significa la convalidación de sus postulados; solo atestigua la contundencia de los medios (tanto políticos como económicos).
El Neoliberalismo como ideología político.
El postulado principal del neoliberalismo es que la competencia pone a funcionar hasta el tope las energías latentes en los individuos que conforman el todo social. Y así la extrema movilidad que se genera, tras una etapa dolorosa de ajustes, provoca una necesidad de bienestar. El estado no puede sobreproteger el pueblo.
El neoliberalismo como propuesta económica.
El neoliberales es una óptima filosofía que tiene ramificaciones en todos los campos de las ciencias sociales los neoliberales se dedican a ensalzar la competencia capitalista, afirmando que el mecanismo de esta ultima garantiza automáticamente las mejores condiciones para la evolución de las fuerzas productivas.
Una peculiaridad del neoliberalismo es que combina la exaltación de la libre competencia y de la restauración automática del equilibrio con el reconocimiento de la necesidad de la intromisión del estado en la economía.
La argumentación del neoliberalismo es que la libre competencia es el estado ideal de la economía, pero no siempre puede ponerse en vigor, porque los monopolios la contrarrestan.
Características del Neoliberalismo Económico.
Según el escritor venezolano Fernando Salas Falcón:
•         Defiende un mercado alternativo competitivo.
•         Acepta la introducción del estado en la economía, como árbitro o promover de la libre competencia.
•          Se opone al acaparamiento y a la especulación.
•          Se opone a la formación del monopolio y oligopolios.
•          Se oponen a la fijación compulsiva de salarios por el estado
•          Se opone a la creación compulsiva de empleo.
•          Se opone al gasto público democrático
•          Defiende el libre comercio internacional.
La Revolución Social.
•          Un compromiso de todos para combatir la pobreza, la inseguridad:
•          Educación para ciudadanía y la producción.
•          Formar un ciudadano sano y eficiente protegido.
•          Trabajar por una vivienda y un hábitat digno para todos.
•          Luchar por la equidad y la dignidad de todos los venezolanos.
 La Revolución Económica.
•          Confianza, estabilidad, crecimiento económico y empleo.
•          Estabilidad, prosperidad y empleo.
•          La difícil coyuntura económica actual: punto de partida de grandes cambios:
•          Lineamientos de política macro económica.
•          La reactivación económica y las políticas sectoriales.
•          Política industrial y comercio exterior.
•          Industria petrolera y política energética.
•          El papel del sector construcción.
•          Energía eléctrica.
Visión Prospectiva.
Pensamos que entramos en el siglo XXI con una visión realista de nuestra situación. En este sentido se adelantan políticas que deben profundizarse y consolidarse, como las siguientes:
Reforma del Estado: este es uno de los grandes retos que se ha propuesto el gobierno venezolano percibido por el presidente Hugo Rafael Chávez Frías ya que ello le permitiría desarrollar acciones concretas destinadas a realizarlos; sin embargo la reforma implica cambios en los órdenes político, administrativo, jurídico, económico, social y educativo, cultural. Los temas principales que tienen planteado la reforma son los siguientes:
La reforma de Constitución de la República: esto es fundamentalmente, porque en ella quedaría establecido el marco y normativas generales sobre el cual debe producirse la reforma del estado.
La Descentralización: implica cambios en la concentración del poder político y en la administración del estado. Lo apoyan cuatro instrumentos legales muy importantes:
•       Ley de elección y renovación de gobernadores.
•       Ley orgánica de régimen municipal.
•     Ley orgánica de descentralización y transferencia de competencia del poder público, reforma de la ley orgánica del sufragio.
•       Ley orgánica del consejo de la judicatura.
Educativo  y Cultural: el plan de acción de Ministerio de Educación y Deporte, en la administración del presidente Hugo Chávez, se plantea de manera concreta: “el estado debe mantener su rol histórico en cuanto a responsable de las grandes directrices que orientan el proceso educativo permanente de la nación y en cuanto garante de su aplicación…”. El estado debe ser el eje de la sociedad educada, puesto que esa es una de sus responsabilidades esenciales, pero aceptando que los agentes educativos son y deben ser múltiples.
Política Exterior: la globalización económica y homogenización cultural son razones poderosas para que nuestro país desarrolle en el nuevo milenio una política exterior creativa, que le permita participar con éxito en ese proceso, a riesgo de quedarnos atrapado en el pasado.
Los Partidos Políticos: son fundamentales para el funcionamiento del sistema democrático, pero es necesario que se modernicen y se pongan en sintonía con la sociedad civil. El partido político invadió casi todas las actividades del ciudadano venezolano. Es necesario que definan muy bien sus campos de acción, que sean verdaderos instrumentos para canalizar las luchas sociales y promover los cambios de la sociedad.
Modernizar el Poder Judicial: desde un primer momento el presidente de la República hizo énfasis en que era una necesidad de su gobierno hacen grandes cambios en el poder judicial, para asegurar y profundizar la vigencia de un estado democrático de derecho, que equilibra el funcionamiento de las distintas normas del poder público. El poder judicial, como administrador de la justicia, es la llave de todo sistema democrático.
En lo Jurídico: la corrupción en la administración de justicia es evidente y es uno de los principales vicios que atenta contra la estabilidad de las instituciones democráticas. Es por ello que en este gobierno se ha luchado incansablemente sobre este problema. El resumen de los elementos de la crisis son una realidad; pero no son apocalípticos, frete a ellos se cuenta con un elemento humano capacitado; recursos naturales en abundancia, infraestructura industrial, de comunicación y transporte, planes educativos que permitirán al país salir triunfantes de esta situación.


Los Cincos Motores
El  Presidente  Hugo  Chávez Frías, asume la presidencia de la República en el año 1999,las mayorías populares asumieron trabajar en una estrategia de los 5 motores de la nueva etapa revolucionaria.

  •   Primer Motor Ley Habilitante.
  •  Segundo Motor. Reforma Constitucional.
  •   Tercer Motor. Moral y Luces,  
  •  Cuarto Motor. Nueva Geometría del Poder,
  •  Quinto Motor Explosión del Poder Popular.
                                                       Nueve Motores Productivos.

    El presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, anunció 19/02/2016, que el recién designado Consejo Nacional de Economía Productiva trabajará en una estrategia para la activación de 9 motores productivos, con la finalidad de impulsar la economía nacional, el plan prevé abordar nueve áreas de vital importancia financiera para la nación y con ello revolucionar el sistema económico venezolano.

     A continuación los  9  motores:
  
  • 1. Motor de Hidrocarburo: petróleo, gas. “Para ampliar allí el campo de inversiones, de asociación, de trabajo conjunto, de tecnología, allí hay que hacer un gran esfuerzo sobretodo con esta guerra para bajar los costos de producción de nuestro petróleo. Venezuela será una potencia petrolera mientras se mantenga la matriz energética de los hidrocarburos”
  • 2. Motor de Petroquímica, plásticos y fertilizantes
  • 3. Motor Agroalimentario: producción animal, producción vegetal, agroindustria y redes de distribución y de frío.
  • 4. Motor de Minería: metales preciosos, minerales de uso industrial.
  • 5. Motor de Telecomunicaciones e Informática, la de desarrollo de programas y aplicaciones software, así como la de producción de equipos informáticos y de telecomunicaciones
  • 6. Motor de Construcción, la primera de insumos para la construcción, la segunda de edificaciones, la cual incluye Gran Misión Vivienda Venezuela y Misión Barrio Nuevo, Barrio Tricolor y el de infraestructura civil, vialidad, presas, puentes, etc.
  • 7. Motor de Industria: cabilla, aluminio,  químicos, farmacéuticos,  textil,  papel, empaques metálicos, vidrios, similares y la sexta la de cadenas cortas, vidrios, cerámicas, cemento, revestimientos, etc.
  • 8. Motor de Industria Militar: infraestructuras militares, producción de equipos y bienes de consumo.
  • 9. Motor de Turismo: Tendrá la de infraestructura turística y servicios turísticos.
La inacción y medidas económicas incompletas que no se tomaron fueron  más importantes en su momento que la solución definitiva de los desequilibrios económicos, profunda pobreza generados por políticas económicas erradas de la población más vulnerable, reducción del poder de compra del salario, desarrollo hiperinflacionario, desmejora de la calidad de vida de las mayorías y un bolívar pulverizado                                                                                                                            

2 comentarios:

  1. todos tenemos derecho a ser debidamente informado por los medios de comunicación que tienen que ser plurales, objetivos y responsables en la información que difundan y con los contenidos que emitan

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  2. La democracia ha sido un sistema de gobierno difícil de alcanzar debido a los régimes dictatoriales anteriores a esta, como el Juan Vicente Gomez, Marco Pérez Jimenez, entre otros. Aún así existen algunos problemas que la democracia no ha podido solucionar.

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